jueves, 2 de septiembre de 2010

Por la Ley de Identidad de Género

























El proyecto de la Diputada Silvia Augsburger (PS), redactado junto con la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, que ingresó a la Cámara de Diputados con la firma de doce legisladores de diferentes bloques políticos, reconoce el derecho de las personas trans a rectificar sus datos registrales. Podrían así acceder a un DNI que refleje su nombre e identidad de género.

Las personas trans sufren a diario e históricamente la discriminación por su identidad de género. Muchas de ellas fueron echadas de su casa, rechazadas por su propia familia. Algunas no han podido terminar la escuela y no porque no quieran, sino porque el sistema educativo las expulsa por ser diferentes.

Pero para quienes pudieron terminarla se dificulta también, porque tampoco consiguen trabajo. No tienen un documento que diga su nombre, con el que se identifiquen. Uno que puedan usar a diario, que las haga ser y sentirse parte, con el que las conozcan por su nombre. También, sufren discriminación por parte de los medios que se refieren a ellas como los travestis, de manera discriminatoria o despectiva. No sólo sufren discriminación social sino que también han sido víctimas de malos tratos, violaciones ya agresiones. También homicidios.

Además, en algunos casos, Se trata de personas en condiciones de marginación, que pertenecen a sectores más desfavorecidos de la población, con consecuencias nefastas para su calidad de vida y su salud.

Por eso lo que se reclama es la promulgación inmediata de la Ley de identidad de género en todo el territorio nacional y la creación de mecanismos de control y de su cumplimiento, que incluyan de manera prioritaria a las personas trans en su gestión.

En el caso de ser aprobada esta ley, las personas trans podrán acceder a la rectificación de sus datos registrales mediante un procedimiento rápido y sencillo, sin pasar por una instancia judicial. Es decir que, podrán registrar su identidad sin la intervención judicial.

Hay personas trans que pudieron realizar este cambio, pero para ello tuvieron que esperar años la sentencia de un juzgado y muchas veces era negativa y obligaba a apelaciones costosas y de larga duración.

La identidad es lo que nos permite demostrar que somos nosotros y no somos otro. Que soy yo, porque somos únicos e irrepetibles. Nos da derecho a decir quiénes somos.

Nos da derecho a no ser discriminado, a la salud, a la intimidad y a elegir libremente un proyecto de vida. Constituye nuestra identidad personal.

Estos derechos están protegidos en nuestra Constitución Nacional y en diversos tratados internacionales de derechos humanos incorporados a la misma.

El derecho a la identidad esta protegido en la Constitución Nacional en los artículos 33 y 75 inc. 19 que en el párrafo 4 establece que el Congreso "debe dictar normas que protejan la identidad y pluralidad cultural". Entonces el derecho a la identidad está implícito en el art. 33 por eso merece su protección y su uso. Son múltiples los puntos a tener en cuenta. Existe la necesidad, urgente, de investigar, diseñar y promover políticas públicas que involucren y abarquen todos los ámbitos. Desde el educativo, el sanitario, judicial y laboral… Así poder garantizar los derechos de las personas trans. Los derechos de todxs.

A todos nos gusta que nos llamen por nuestro nombre y que nos reconozcan cuando nos presentamos frente a la sociedad. Entonces empecemos a pensar en la necesidad de movilizarnos por los derechos y las problemáticas de todos y todas, porque mañana podemos ser nosotros los que necesitemos que nos ayuden.